Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 5621/301 de 1997
Indemnización legal por años de servicio; Base de cálculo; Indemnización sustitutiva; Base de cálculo
Qué resolvió
El bono de productividad pactado en el artículo octavo del contrato colectivo de 03.06.97, celebrado entre la empresa Metro S.A. y el Sindicato de Trabajadores constituido en la misma, no debe incluirse para los efectos de calcular la indemnización por años de servicio y la sustitutiva del aviso previo.
Datos del documento
| Número | 5621/301 |
|---|---|
| Fecha | 22 de septiembre de 1997 |
| Eje doctrinario | Término/despido/finiquito |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |