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Dictamen 5649/369 de 1998

16 de noviembre de 1998 · Término/despido/finiquito

Quiebra; Convenio judicial; Preventivo; Indemnización; Límite

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Servicio sólo hasta los topes del privilegio de primera clase del artículo 2472 Nº 8 del Código Civil, y artículo 61, inciso 4º del Código del Trabajo, ni aún una vez aprobado dicho convenio, y Los topes de privilegio de pago de las indemnizaciones por término de contrato del artículo 2472 Nº 8 del Código Civil y artículo 61, inciso 4º del Código del Trabajo, no serían aplicables en todo caso a la indemnización…

Número5649/369
Fecha16 de noviembre de 1998
Eje doctrinarioTérmino/despido/finiquito
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)