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Dictamen 5782/134 de 2005

21 de diciembre de 2005 · Sindical/colectivo

Dirección del Trabajo. Competencia. Prácticas Antisindicales.

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Las denuncias por prácticas antisindicales, formuladas en el marco de la Salud Primaria Municipal, pueden constituir eventualmente infracción al artículo 5° de la ley 19.296, materia cuyo conocimiento y resolución corresponde a los Tribunales de Justicia

Número5782/134
Fecha21 de diciembre de 2005
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)