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Dictamen 5785/377 de 1998

24 de noviembre de 1998 · Fiscalización/multas

Negociación colectiva; Extensión de beneficios; Aporte sindical; Procedencia; Descanso semanal; Infracción efectos; Jornada trabajo; Sistema de turnos;

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1) La empresa Aserraderos Los Mallines Ltda. se encuentra obligada a descontar de las remuneraciones de los trabajadores afectos, el aporte establecido en el artículo 346 del Código del Trabajo, durante toda la vigencia del contrato colectivo suscrito con el sindicato constituido en la referida empresa, como asimismo, a reintegrar a éste último la suma correspondiente a los descuentos no efectuados desde el mes de…

Número5785/377
Fecha24 de noviembre de 1998
Eje doctrinarioFiscalización/multas
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo1 Frei R-T (95-00)