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Dictamen 5832/384 de 1998

25 de noviembre de 1998 · Remuneración

Remuneraciones; Corte de energía eléctrica

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Los períodos de corte de energía eléctrica, correspondan o no a una programación previa de las compañías distribuidoras, si ocurren durante la jornada efectiva de trabajo no afectan el cumplimiento de la jornada, y por ello no procede que lleven a descuento de la remuneración.

Número5832/384
Fecha25 de noviembre de 1998
Eje doctrinarioRemuneración
Quién consultaDT de oficio/interno
Periodo1 Frei R-T (95-00)