Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 5882/367 de 2005
Terminación contrato individual; Necesidades de la empresa; Procedencia; Licencia médica
Qué resolvió
No resulta jurídicamente procedente dar aviso de terminación de contrato de trabajo invocando la causal prevista en el artículo 161, inciso 1º del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio a un docente del sector particular subvencionado, mientras hace uso de licencia por enfermedad.
Datos del documento
| Número | 5882/367 |
|---|---|
| Fecha | 2 de diciembre de 2005 |
| Eje doctrinario | Término/despido/finiquito |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |