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Dictamen 6057/264 de 1996

5 de noviembre de 1996 · Sindical/colectivo

Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Interpretación

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Para haber accedido al beneficio de reemplazo establecido en la cláusula 12 del Convenio Colectivo suscrito con fecha 27.05.93, entre el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Minera de Mantos Blancos S.A. y esta última era requisito que tanto el reemplazante como el reemplazado hubieren estado afectos a dicho instrumento colectivo.

Número6057/264
Fecha5 de noviembre de 1996
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)