Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 6121/98 de 2016
Estatuto de Salud; Trabajadores con licencia médica; Acumulación de feriado; Contratación a honorarios; Descanso entre jornada; Labores de proceso continuo;
Qué resolvió
1.- El funcionario afecto a la ley 19.378 debe solicitar expresamente la acumulación de feriado para el año siguiente. 2.- No resulta jurídicamente procedente la contratación a honorarios de un funcionario de la atención primaria de la salud municipal que ya se encuentra afecto a la ley 19.378 por cuanto ello constituye doble contratación.
Datos del documento
| Número | 6121/98 |
|---|---|
| Fecha | 28 de diciembre de 2016 |
| Eje doctrinario | Estatutos especiales |
| Quién consulta | Trabajador sin sindicato |
| Periodo | 5 Bachelet II (14-18) |
Doctrina posterior
Este dictamen complementa por 5309/98 (2008-12-31).