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Dictamen 613/41 de 1998

29 de enero de 1998 · Sindical/colectivo

Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Interpretación

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La bonificación de movilización pactada en la cláusula 5.3 del convenio colectivo suscrito con fecha 30.04.97, entre la Pontificia Universidad Católica de Chile y el Sindicato Nº 4 constituida en la misma, debe pagarse en forma proporcional a los días efectivamente trabajados en el caso que los respectivos dependientes estén haciendo uso de licencia médica, permiso un goce de remuneración o hayan faltado…

Número613/41
Fecha29 de enero de 1998
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)