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Dictamen 6140/416 de 1998

14 de diciembre de 1998 · Jornada/tiempo

Horas extraordinarias; Existencia

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El tiempo trabajado por el personal paradocente que se desempeña en establecimientos educacionales dependientes de Corporaciones Municipales durante el período de recuperación de horas no laboradas por los profesionales de la educación a causa de la paralización de actividades llevada a efecto por el Magisterio, constituirá jornada extraordinaria que debe ser remunerada como tal en la medida que con él se exceda la…

Número6140/416
Fecha14 de diciembre de 1998
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaTrabajador sin sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)