Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 617/35 de 1997
Terminación de contrato individual; Renuncia voluntaria; Formalidades; Finiquito; Formalidades; Dirección del Trabajo; Fiscalizadores; Facultades;
Qué resolvió
1) No resulta procedente que el Inspector del Trabajo exija para la ratificación de una renuncia voluntaria que esta venga autorizada por el empleador si su plazo de presentación es inferior a 30 días. 2) Para la ratificación de un finiquito ante Inspector del Trabajo deben comparecer las dos partes que lo otorgan, personalmente o debidamente representadas.
Datos del documento
| Número | 617/35 |
|---|---|
| Fecha | 6 de febrero de 1997 |
| Eje doctrinario | Término/despido/finiquito |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |