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Dictamen 6200/321 de 1997

14 de octubre de 1997 · Remuneración

Gratificación legal; Imputación de beneficios; Gratificación legal; Legalidad de cláusula

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Se ajusta a derecho la cláusula 16 del convenio colectivo de 02.12.94, celebrado entre la Empresa Constructora Delta S.A. y el Sindicato de Trabajadores constituido en ella, en cuanto hace posible imputar a gratificación legal con tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales la participación de utilidades pactada en la cláusula 6ª del mismo convenio.

Número6200/321
Fecha14 de octubre de 1997
Eje doctrinarioRemuneración
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)