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Dictamen 6203/273 de 1995

5 de octubre de 1995 · Jornada/tiempo

Feriado; Remuneración; Beneficios que se incluyen

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Para los efectos de calcular la remuneración íntegra que por concepto de feriado legal debe pagarse a los trabajadores que laboran en la Empresa "Catecu S.A.", afectos a un sistema de remuneración mixta, no procede considerar el beneficio denominado "bonificación de cumplimiento de metas".

Número6203/273
Fecha5 de octubre de 1995
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)