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Dictamen 629/46 de 1997

5 de febrero de 1997 · Estatutos especiales

Estatuto de salud; Experiencia; Base de cálculo; Estatuto de salud; Encasillamineto

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1) Los servicios prestados en el Centro de Observación, Tránsito y Diagnóstico de Pudahuel y en el Centro de Atención Diurna Digna Rosa, respectivamente, no son útiles para el reconocimiento de experiencia que prevé la ley 19.378, por estar esos servicios desvinculados de la salud municipal.

Número629/46
Fecha5 de febrero de 1997
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)