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Dictamen 6383/327 de 1997

21 de octubre de 1997 · Sindical/colectivo

Negociación colectiva; Contrato colectivo forzado; Cláusulas de reajustabilidad

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La aplicación de la letra c) de la cláusula tercera del contrato colectivo suscrito entre la A.F.P. Habitat S.A. y el Sindicato de Trabajadores Nº 2 constituido en la misma, en especial, la tabla de tramos que en ella se consigna no constituye cláusula de reajustabilidad para los efectos indicados en el inciso 3º del artículo 369 del Código del Trabajo.

Número6383/327
Fecha21 de octubre de 1997
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)