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Dictamen 644/43 de 2004

5 de febrero de 2004 · Estatutos especiales

Estatuto de Salud. Jornada Extraordinaria. Duración. Estatuto de Salud. Horas extraordinarias. Retribución. 2) Estatuto de Salud. Atención de urgencia.

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1) En el sistema de salud primaria municipal, la duración de la jornada extraordinaria de trabajo está determinada por la prolongación de la atención de las tareas extraordinarias o impostergables que originan dicha jornada, y el pago de las horas extraordinarias debe realizarse con el recargo legal establecido en el inciso final del artículo 15 de la ley 19.378.

Número644/43
Fecha5 de febrero de 2004
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo2 Lagos (00-06)