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Dictamen 649/41 de 1999

2 de febrero de 1999 · Sindical/colectivo

Organizaciones sindicales; Estatutos Legalidad; Sindicato trabajadores independientes; Directores; Remuneración; Procedencia

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No resulta jurídicamente procedente establecer remuneración para los directores de una organización sindical, sea cual fuere la denominación que a ésta se le asigne, la calidad en que el respectivo dirigente la perciba y la naturaleza de la entidad sindical de que se trate.

Número649/41
Fecha2 de febrero de 1999
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo1 Frei R-T (95-00)