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Dictamen 6502/328 de 1997

28 de octubre de 1997 · Jornada/tiempo

Jornada de trabajo; Sistema excepcional de distribución y descanso; Denegación; Efectos; Registro de asistencia; Sistema computacional; Características

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No resulta jurídicamente procedente considerar como sueldo base las sumas fijas de dinero garantizadas mensualmente en el contrato colectivo a los vendedores de ruta de Santiago y a los vendedores de ruta sucursales de la empresa comercial Peumo Ltda. que se encuentran remunerados exclusivamente en base a comisiones.

Número6502/328
Fecha28 de octubre de 1997
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)