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Dictamen 6503/329 de 1997

28 de octubre de 1997 · Otros

Incremento; Ley 19.504; Incidencia en instrumentos colectivos

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No resulta procedente reajustar las remuneraciones del personal docente del Establecimiento Educacional Colegio Santo Cura de Ars, regido por el contrato colectivo vigente, en virtud de lo estipulado en la cláusula tercera del mismo, en razón del incremento del valor de la hora cronológica mínima y de la remuneración total mínima dispuesto por los artículos 1º y 3º, respectivamente de la ley Nº 19.504.

Número6503/329
Fecha28 de octubre de 1997
Eje doctrinarioOtros
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)