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Dictamen 6519/78 de 2015

11 de diciembre de 2015 · Estatutos especiales

Estatuto de Salud; Remuneraciones; Carrera funcionaria

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1.- En el sistema de atención primaria de salud municipal la remuneración del personal está constituida solamente por los estipendios que el legislador específicamente estableció, sin que se pueda incorporar ningún otro fuera de los que señala la ley. 2.- El Reglamento Municipal puede sufrir modificaciones en los términos expuestos en el presente dictamen.

Número6519/78
Fecha11 de diciembre de 2015
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaTrabajador sin sindicato
Periodo5 Bachelet II (14-18)