Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 652/49 de 1998
Organizaciones sindicales; Federaciones y confederaciones; Cuota sindical; Descuento
Qué resolvió
Resulta jurídicamente procedente que la organización sindical de grado superior, a que está afiliado el sindicato base, requiera directamente del empleador el pago de las cuotas sindicales que le corresponden.
Datos del documento
| Número | 652/49 |
|---|---|
| Fecha | 4 de febrero de 1998 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |