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Dictamen 6915/319 de 1996

13 de diciembre de 1996 · Género/protección

Protección a la maternidad; Salas cunas; Procedencia; Corporaciones municipales

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La Corporación Municipal de San Fernando se encuentra obligada a otorgar a sus trabajadoras el beneficio de sala cuna a que alude el artículo 203 del Código del Trabajo, independientemente del establecimiento educacional en que les corresponda desempeñar sus labores.

Número6915/319
Fecha13 de diciembre de 1996
Eje doctrinarioGénero/protección
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)