Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 6920/324 de 1996
Horas extraordinarias; Base de cálculo
Qué resolvió
Los bonos de producción, asistencia, turno y bonificación mensual adicional por desayuno de $5.413, contemplados en los contratos colectivos suscritos por Cormecánica S.A. y los Sindicatos de Trabajadores Nºs. 1 y 2, no tienen la calidad de sueldo y no deben considerarse para el cálculo de las horas extraordinarias; el bono adicional de producción fijo de $2.619 es sueldo y debe incluírsele para liquidar éstas.
Datos del documento
| Número | 6920/324 |
|---|---|
| Fecha | 13 de diciembre de 1996 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |