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Dictamen 6922/326 de 1996

13 de diciembre de 1996 · Remuneración

Personal no docente; Incremento de remuneraciones; Ley 19.464; Cálculo y pago sostenedor con mas de un establecimiento; Personal no docente; Subvención;

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1) El sostenedor con más de un establecimiento educacional que recibió la subvención del artículo 1º de la Ley 19.464, en forma conjunta por todos ellos se encuentra obligado a calcular el monto del incremento de remuneraciones del personal no docente sobre la base del total percibido por él;

Número6922/326
Fecha13 de diciembre de 1996
Eje doctrinarioRemuneración
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)