Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 695/26 de 1996
Jornada de trabajo; Duración
Qué resolvió
1) Las trabajadoras que prestan servicios como "atendedora", "reponedora" y "cajera" en el "Fast-Food" de la Estación de Servicio Los Vilos Ltda. no estan afectas a la jornada especial prevista en el artículo 27 del Código del Trabajo, encontrándose, por ende, sujetas a la jornada ordinaria máxima de 48 horas semanales que contempla el artículo 22 del mismo cuerpo legal.
Datos del documento
| Número | 695/26 |
|---|---|
| Fecha | 24 de enero de 1996 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Trabajador sin sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |