Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 701/34 de 2025
Estatuto de Salud; Ley N°21.530; Alcances
Qué resolvió
1.- La obligación de pagar o de otorgar el descanso reparatorio otorgado por la Ley N°21.530 tanto en el caso de término de la relación laboral como de continuidad de la misma resulta exigible en el plazo que se indica en el presente oficio. 2.- El plazo de tres años que fija la Ley N°21.530 para hacer uso del beneficio de descanso reparatorio que ella otorga no se suspende por el uso de feriado.
Datos del documento
| Número | 701/34 |
|---|---|
| Fecha | 13 de octubre de 2025 |
| Eje doctrinario | Estatutos especiales |
| Quién consulta | — |
| Periodo | 7 Boric (22-26) |