Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 7142/339 de 1996
Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Terminación contrato Individual efectos; Contrato individual; Interpretación; Negociación colectiva;
Qué resolvió
Los trabajadores contratados en una nueva empresa y a quienes se les reconoce en ésta, expresamente, en sus respectivos contratos individuales de trabajo los derechos y beneficios del contrato colectivo a que se encontraban afectos en la empresa que laboraban con anterioridad, tienen derecho a la reajustabilidad consignada en dicho instrumento, aún después de extinguido el mismo.
Datos del documento
| Número | 7142/339 |
|---|---|
| Fecha | 30 de diciembre de 1996 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |