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Dictamen 717/45 de 2002

14 de marzo de 2002 · Sindical/colectivo

Negociación Colectiva; Instrumento Colectivo; Legalidad de Cláusula

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La Corporación Educacional Colegio San Juan Evangelista no se encuentra facultada para reducir la carga horaria del personal docente en virtud de lo dispuesto en la cláusula 16º del Contrato Colectivo suscrito con fecha 25 de noviembre de 1999, con el Sindicato de Trabajadores constituido en la misma.

Número717/45
Fecha14 de marzo de 2002
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo2 Lagos (00-06)