Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 7221/368 de 1997
Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Interpretación
Qué resolvió
1) No resulta procedente que la Empresa Industria Maderera Fernando Mayer S.A. pague el beneficio de indemnización por años de servicio pactado en la cláusula décimo quinta del convenio colectivo de trabajo celebrado con fecha 03.05.96, con cargo al fondo de indemnización contemplado en la cláusula décima sexta del contrato colectivo de trabajo suscrito con fecha 07.03.96 entre dicha Empresa y el sindicato de…
Datos del documento
| Número | 7221/368 |
|---|---|
| Fecha | 25 de noviembre de 1997 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |