Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 725/10 de 2012
Trabajadores afectos seguro cesantía: Obligación comunicar a AFC inicio y término servicios
Qué resolvió
1) El empleador deberá comunicar a la Administradora de Fondos de Cesantía AFC., el inicio y el término de los servicios de los trabajadores afectos al Seguro de Desempleo de la ley Nº 19.728, dentro del plazo de 10 días contados desde que ello se produzca, plazo que se aumentará en 3 días si la comunicación se hace por vía electrónica.
Datos del documento
| Número | 725/10 |
|---|---|
| Fecha | 20 de febrero de 2012 |
| Eje doctrinario | Término/despido/finiquito |
| Quién consulta | DT de oficio/interno |
| Periodo | 4 Piñera I (10-14) |