Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 74/7 de 1999
Indemnización legal por años de servicio; Remuneración; Tope; Exceso; Naturaleza jurídica
Qué resolvió
Tienen carácter de indemnización voluntaria los excesos de las indemnizaciones que se paguen por sobre el límite de las 90 unidades de fomento que establece el inciso final del artículo 172 del Código del Trabajo.
Datos del documento
| Número | 74/7 |
|---|---|
| Fecha | 5 de enero de 1999 |
| Eje doctrinario | Término/despido/finiquito |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |