Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 797/65 de 2000
Contrato Trabajo Individual; Modificación; Instrumento Colectivo; Negocien individualmente con Empleador
Qué resolvió
1) No resulta jurídicamente procedente que por la vía de la modificación o complementación de los contratos individuales de trabajo se modifiquen los beneficios contemplados en instrumentos colectivos. 2) No existe inconveniente jurídico para que los trabajadores afectos a un instrumento colectivo negocien individualmente con su empleador, en la medida que los beneficios pactados en aquel no se vean…
Datos del documento
| Número | 797/65 |
|---|---|
| Fecha | 1 de marzo de 2000 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |