Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 8004/322 de 1995
Jornada de trabajo; Personal excluído de la limitación de jornada
Qué resolvió
1) El personal que presta servicios para la empresa Compañía Minera Doña Isabel en la faena que ejecuta dicha empresa ubicada en Sierra Valenzuela IIª Región, laboran sin fiscalización inmediata y, por ende, se encuentran excluídos de la limitación de jornada, en conformidad a lo previsto en el artículo 22 del Código del Trabajo, debiendo por tanto entenderse liberado de registrar su asistencia y horas de trabajo.
Datos del documento
| Número | 8004/322 |
|---|---|
| Fecha | 11 de noviembre de 1995 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |
Doctrina posterior
Este dictamen reconsideracion rechazada por 94 (1995-01-04).