Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 802/17 de 2009
1) Empresa de Servicios transitorios. Contrato de puesta a disposición de trabajadores transitorios. Procedencia. 2) Empresa de Servicios transitorios.
Qué resolvió
1.- No resulta ajustado a derecho celebrar un contrato de puesta a disposición que tenga como circunstancia que lo justifica, la capacitación de los trabajadores por parte de la empresa usuaria; 2.- Resulta ajustado a derecho pactar entre una EST y un trabajador un contrato de capacitación, en la medida que se cumplan los requisitos señalados en el artículo 33 inciso 5º de la Ley Nº19.518;
Datos del documento
| Número | 802/17 |
|---|---|
| Fecha | 27 de febrero de 2009 |
| Eje doctrinario | Subcontratación |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 3 Bachelet I (06-10) |