Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 803/18 de 2009
Estatuto de Salud. Remuneración. Calificación de beneficios.
Qué resolvió
El Bono de Permanencia y el Bono por Jefatura de Programa, que perciben los funcionarios de salud primaria municipal dependientes de la Corporación Municipal de Conchalí, tienen el carácter de remuneración bruta permanente para los efectos del pago del bono especial que contempla el artículo 25 de la ley 20.313.
Datos del documento
| Número | 803/18 |
|---|---|
| Fecha | 27 de febrero de 2009 |
| Eje doctrinario | Estatutos especiales |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 3 Bachelet I (06-10) |