Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 812/47 de 1999
Negociación colectiva; Extensión de beneficios; Aporte sindical
Qué resolvió
Los beneficios extendidos por la empresa Compañía Contractual Minera Candelaria a sus trabajadores no sindicalizados, corresponden a los obtenidos en la negociación colectiva iniciada por el Sindicato de Trabajadores existente en ella y, por ende, resulta jurídicamente procedente la aplicación de lo dispuesto en el inciso 1º del artículo 346 del Código del Trabajo. Reconsidérase lo resuelto en el Ord.
Datos del documento
| Número | 812/47 |
|---|---|
| Fecha | 8 de febrero de 1999 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |