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Dictamen 815/36 de 2001

6 de marzo de 2001 · Estatutos especiales

Colegios Particulares Subvencionados; Corporaciones Municipales; Concurso Nacional; Convocatoria; Oportunidad; Concurso Extraordinario

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1) Las Corporaciones Municipa­les de Educación deben llamar a concurso publico nacional de antecedentes para llenar los cargos vacantes en los meses de enero y abril de cada año. 2) Resulta procedente proveer todos los cargos vacantes a través de un concurso extraor­dinario, sin haber realizado en el respectivo año concurso público nacional, sin perjui­cio de lo expuesto en el cuer­po del presente oficio.

Número815/36
Fecha6 de marzo de 2001
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo2 Lagos (00-06)