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Dictamen 8177/331 de 1995

18 de diciembre de 1995 · Contrato indiv./relación

Contrato individual; Legalidad de cláusula; Leyes laborales; Interpretación; Principio de ajeneidad; Empresa Riesgo

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El punto Nº 2 del anexo de contrato de trabajo suscrito entre la empresa AFP Fomenta S.A. y los Vendedores y Mantenedores de la misma no se encuentra ajustado a derecho, en cuanto hace responsable a éstos de las desafiliaciones que ocurren respecto de las ordenes de traspaso.

Número8177/331
Fecha18 de diciembre de 1995
Eje doctrinarioContrato indiv./relación
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)