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Dictamen 828/49 de 2025

30 de diciembre de 2025 · Jornada/tiempo

Jornada; consultas Ley N°21.561

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1. El ajuste de la jornada de las personas trabajadoras que se desempeñan bajo un sistema de turnos, debe realizarse mediante un acuerdo entre las partes. A falta de este, se aplicará lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley N°21.755. 2. La Dirección del Trabajo se ha pronunciado sobre los criterios para aplicar la exclusión de la limitación de la jornada contemplada en el artículo 22 inciso 2° del Código del…

Número828/49
Fecha30 de diciembre de 2025
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaDT de oficio/interno
Periodo7 Boric (22-26)