Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 828/49 de 2025
Jornada; consultas Ley N°21.561
Qué resolvió
1. El ajuste de la jornada de las personas trabajadoras que se desempeñan bajo un sistema de turnos, debe realizarse mediante un acuerdo entre las partes. A falta de este, se aplicará lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley N°21.755. 2. La Dirección del Trabajo se ha pronunciado sobre los criterios para aplicar la exclusión de la limitación de la jornada contemplada en el artículo 22 inciso 2° del Código del…
Datos del documento
| Número | 828/49 |
|---|---|
| Fecha | 30 de diciembre de 2025 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | DT de oficio/interno |
| Periodo | 7 Boric (22-26) |