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Dictamen 893/20 de 2007

9 de marzo de 2007 · Trabajadores especiales

1) Personal embarcado o gente de mar. Concepto. 2) Ingreso Mínimo. Imputación de beneficios.

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1) Las trabajadoras dependientes de la empresa Comercial Roca Remolino S.A. que prestan servicios de atención de casino a bordo de los transbordadores de propiedad de la empresa Transmarchilay S.A. no tienen la calidad de personal embarcado o gente de mar. 2) Los pagos por horas extraordinarias no deben ser considerados para efectos de enterar el ingreso mínimo mensual.

Número893/20
Fecha9 de marzo de 2007
Eje doctrinarioTrabajadores especiales
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo3 Bachelet I (06-10)