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Dictamen 908/49 de 2002

22 de marzo de 2002 · Remuneración

Censo; Corporaciones Municipales; Profesionales de la educación; Participación; Obligación; Remuneración; Procedencia

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1) Los profesionales de la educación que prestan servicios en las Corporaciones Municipales, no se encuentran obligados a participar activamente en el censo que se llevará a efecto el día 24 de abril de 2002. 2) Los docentes que, voluntariamente y a requerimiento del empleador participen activamente en el censo a realizarse el día 24 de abril de 2002, tienen derecho a que se les remunere dicho día con el recargo…

Número908/49
Fecha22 de marzo de 2002
Eje doctrinarioRemuneración
Quién consultaTrabajador sin sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)