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Dictamen 971/19 de 2015

26 de febrero de 2015 · Trabajadores especiales

Trabajadores portuarios; Faenas portuarias de estiba y desestiba; Descanso dentro de la jornada; Instalaciones adecuadas para consumir la colación;

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Fija sentido y alcance de las disposiciones contenidas en los artículos 1, 2 y 6 y artículos transitorios 2°, 3° y 4° de la Ley Nº20.773, publicada en el Diario Oficial de 17 de septiembre de 2014, los cuales modifican el Código del Trabajo y la ley N° 16.744.

Número971/19
Fecha26 de febrero de 2015
Eje doctrinarioTrabajadores especiales
Quién consultaDT de oficio/interno
Periodo5 Bachelet II (14-18)