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Ordinario 1137 de 2020

27 de febrero de 2020 · Contrato indiv./relación

Competencia de la Dirección del Trabajo; Relación laboral extinguida

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La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por tratarse de una materia controvertida entre las partes una vez extinguida la relación laboral, cuyo conocimiento y resolución corresponde exclusivamente a los Tribunales de Justicia.

Número1137
Fecha27 de febrero de 2020
Eje doctrinarioContrato indiv./relación
Quién consultaEstado/Organismo
SectorEducación
RegiónMetropolitana
EmpleadorCorporación Municipal de La Florida