Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 1331 de 2021
Feriado. Asistentes de la educación. Ley N°21.109.
Qué resolvió
Los asistentes de la educación que se desempeñan en establecimientos educacionales administrados por Corporaciones Municipales deberán gozar de feriado en época estival durante el período de interrupción de las actividades escolares entre los meses de enero y febrero;
Datos del documento
| Número | 1331 |
|---|---|
| Fecha | 28 de abril de 2021 |
| Eje doctrinario | Estatutos especiales |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Sector | Educación |
| Región | Metropolitana |
| Empleador | Corporación Municipal de Conchalí de Educación, Salud y Atención de Menores |