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Ordinario 14 de 2026

12 de enero de 2026 · Estatutos especiales

Profesionales de la educación; asistentes de la Educación; Ley Nº21.561.

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La jornada laboral de los profesionales de la educación y el personal no docente que se desempeñan en establecimientos particulares pagados debe ajustarse conforme a lo dispuesto en la Ley Nº21.561.

Número14
Fecha12 de enero de 2026
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEmpresa/Empleador
SectorEducación
Región
EmpleadorSanta Marta E.LE.