Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 14 de 2026
Profesionales de la educación; asistentes de la Educación; Ley Nº21.561.
Qué resolvió
La jornada laboral de los profesionales de la educación y el personal no docente que se desempeñan en establecimientos particulares pagados debe ajustarse conforme a lo dispuesto en la Ley Nº21.561.
Datos del documento
| Número | 14 |
|---|---|
| Fecha | 12 de enero de 2026 |
| Eje doctrinario | Estatutos especiales |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Sector | Educación |
| Región | — |
| Empleador | Santa Marta E.LE. |