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Ordinario 1489 de 2017

4 de abril de 2017 · Procedimiento/competencia

Dirección del Trabajo; Competencia; Concurso público; Validez; Tribunales de Justicia

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Atendido el estado de cierre del concurso respecto del cual se solicita un pronunciamiento, esta Dirección del Trabajo no tiene atribuciones para resolver, correspondiendo ello a la competencia de los Tribunales de Justicia.

Número1489
Fecha4 de abril de 2017
Eje doctrinarioProcedimiento/competencia
Quién consultaTrabajador sin sindicato
SectorEducación
RegiónMetropolitana
EmpleadorCorporación de Educación, Salud y Atención de Menores de Conchalí