Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 1816 de 2020
Locomoción colectiva urbana; Jornada de trabajo; Descanso tras cuatro horas continuas de conducción
Qué resolvió
El lapso de 30 minutos de descanso a que tienen derecho los conductores de la locomoción colectiva urbana después de cuatro horas continuas de conducción puede ser calificado como jornada pasiva, en la medida que concurran las condiciones que se analizan en el cuerpo del presente informe.
Datos del documento
| Número | 1816 |
|---|---|
| Fecha | 9 de junio de 2020 |
| Eje doctrinario | Trabajadores especiales |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Sector | Transporte terrestre/Metro |
| Región | — |
| Empleador | — |