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Ordinario 1816 de 2020

9 de junio de 2020 · Trabajadores especiales

Locomoción colectiva urbana; Jornada de trabajo; Descanso tras cuatro horas continuas de conducción

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El lapso de 30 minutos de descanso a que tienen derecho los conductores de la locomoción colectiva urbana después de cuatro horas continuas de conducción puede ser calificado como jornada pasiva, en la medida que concurran las condiciones que se analizan en el cuerpo del presente informe.

Número1816
Fecha9 de junio de 2020
Eje doctrinarioTrabajadores especiales
Quién consultaTrabajador con sindicato
SectorTransporte terrestre/Metro
Región
Empleador