Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 1874 de 2016
Trabajadores Portuarios; Relación Laboral; Eventuales o Transitorios; Fuero Comité Paritario
Qué resolvió
1.- La relación laboral que une a un trabajador portuario eventual con una empresa de muellaje no puede ser calificada como un vínculo laboral de carácter permanente, dado que ellos tienen la calidad de trabajadores eventuales o transitorios regidos por las normas especiales contenidas en los artículos 133 y…
Datos del documento
| Número | 1874 |
|---|---|
| Fecha | 8 de abril de 2016 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador sin sindicato |
| Sector | Pesca/Acuicultura |
| Región | Valparaíso |
| Empleador | Empresa de muellaje (no especificada) |