Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 1944 de 2019
Asociaciones de funcionarios; Asociaciones gremiales; Compatibilidad
Qué resolvió
No existe inconveniente jurídico alguno para que los socios de la Asociación Nacional de Empleados del Poder Judicial mantengan su afiliación a asociaciones gremiales que no se rigen por las disposiciones de la ley N°19.296.
Datos del documento
| Número | 1944 |
|---|---|
| Fecha | 28 de mayo de 2019 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Sector | Sector público/Municipal |
| Región | — |
| Empleador | — |