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Ordinario 1947 de 2019

29 de mayo de 2019 · Jornada/tiempo

Jornada de Trabajo; Trabajadores ferrocarriles; Programación mensual; 25 ter Nº 2 Código del Trabajo

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A los trabajadores que se desempeñan a bordo de ferrocarriles les es aplicable el artículo 25 ter Nº2 del Código del Trabajo, debiendo el empleador entregarles la programación mensual de sus servicios a lo menos con quince días de anticipación.

Número1947
Fecha29 de mayo de 2019
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaTrabajador con sindicato
SectorTransporte terrestre/Metro
RegiónValparaíso
EmpleadorMetro Regional Valparaíso S.A.